Concursos / Convocatorias relacionadas a Cultura en Salta

Fondo Ciudadano de Desarrollo Cultural 2025

Fondo Ciudadano de Desarrollo Cultural 2025


Vigencia: Desde el 27/02/2025 hasta el 21/04/2025

Concurso / Convocatoria perteneciente a: Subsecretaría de Gestión Cultural


Concurso / Convocatoria perteneciente a: Secretaría de Cultura de la Provincia de Salta

 

La Secretaría de Cultura de la Provincia de Salta convoca a participar del Fondo Ciudadano de Desarrollo Cultural 2025, una herramienta que permite la concreción de proyectos culturales que surgen desde la comunidad, fomentando prácticas participativas y diversas.

En la presente edición se valorarán especialmente las propuestas con espíritu colaborativo y/o asociativo, que promuevan actividades colectivas en las que participen diversos trabajadores/as de la cultura local (artistas, gestores, técnicos, personal de prensa, administrativos, entre otros) asegurando impacto en la comunidad.

POSTULACIÓN

La inscripción se realiza a través del Formulario Único de Postulación 2025, desde el 27 de febrero hasta el 21 de abril de 2025. Podrá ser presentado desde la página web en www.culturasalta.gov.ar hasta las 23.59 horas. 

 

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                  ir a  FORMULARIO DE POSTULACIÓN 2025

 

CATEGORÍAS

A. Formación hasta $ 600.000.-

Propuestas de capacitación (seminarios, cursos, talleres, simposios, clínicas, u otros formatos) relacionadas con el quehacer cultural. Se podrán postular tanto los/las interesados/as en recibir capacitaciones como aquellos que estén en condiciones de brindarla.

La modalidad puede ser virtual o presencial, tanto dentro como fuera de la provincia, siempre que tengan como objetivo la formación cultural, de manera individual o colectiva.

Se podrá financiar honorarios de profesionales, alquiler de espacios o de equipamiento, gastos de movilidad, pagos de cuotas o inscripción y materiales.

 

B. Equipamiento e Insumos para Espacios Culturales hasta $ 600.000.-

Proyectos que propongan la adquisición de equipamiento y bienes muebles vinculados al mantenimiento e impulso de espacios culturales.

Entiéndase por Espacio Cultural a aquellos Espacios multifuncionales abiertos a la comunidad en donde se realizan actividades de carácter educativas y/o formativas, comerciales, solidarias, relacionadas con cualquier disciplina artística.

Contempla la compra de herramientas, equipamiento técnico, insumos  y materias primas.

Los espacios culturales que se postulen en esta categoría deberán estar inscriptos en el Registro de Espacios Culturales disponible en: www.culturasalta.gov.ar

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C. Desarrollo Artesanal hasta $ 600.000.-

Esta línea es exclusiva para los/as artesanos/as que cuenten con el Carnet de Artesano/a de la Provincia, cuyo trabajo se adecua a lo previsto en la Ley de Protección a las Manifestaciones Artesanales (Ley Provincial N° 7237/03).

No obstante, los y las artesanas pueden presentar proyectos en las otras categorías del Fondo Ciudadano de Desarrollo Cultural, ateniéndose a los requisitos que correspondan.

Se podrá solicitar el fondo para compra de maquinaria liviana y/o herramientas de mano, como así también insumos específicos (lanas, cueros, maderas, metales, etc) del rubro en que trabaja. Asimismo podrán postularse para participar de Ferias, producción fotográfica de productos, spots audiovisuales, packaging, diseño de marca, lanzamiento de productos, entre otros.

Los gastos contemplados en esta categoría son honorarios, contratación de servicios, pasajes y traslados, fletes, alquiler de stands, comprar insumos y herramientas, diseño de packaging, diseño de marca, grabación de spots publicitarios, diseño e impresión de piezas gráficas, entre otros.

 

D. Producción Cultural hasta $ 600.000.-

Esta línea tiene el objetivo de apoyar y promover la producción creativa de artistas y gestores/trabajadores de la cultura. Está destinada a otorgar financiamiento para la instancia de creación, ejecución, comercialización y difusión de proyectos artísticos.

A través de este fondo se podrá pagar honorarios o servicios y/o comprar insumos que se consideren necesarios para la ejecución del proyecto como materiales para escenografía, diseño de piezas gráficas, contratación de sonido e iluminación, pago de derechos de autor, impresiones, publicidad, alquiler de salas, traslados, registro audiovisual, entre otros. No podrá emplearse el dinero para el pago de servicios de lunch, catering o afín.

Cabe destacar que los proyectos audiovisuales deberán postularse a la convocatoria del Plan de Fomento Audiovisual IDEA 2025

 

E. Patrimonio Cultural, hasta $ 600.000.-

Proyectos que tengan el objetivo de realizar investigación, relevamiento, fichaje e inventario de documentos, obras de arte, bienes o piezas materiales o inmateriales que revistan valor patrimonial así como aquellos proyectos vinculados a su restauración y conservación.

Los gastos asociados a esta línea son: honorarios profesionales, impresiones, registro audiovisual y sonoro, soportes de almacenamiento, hospedajes, traslados, artículos de librería, material descartable, material químico, y otros específicos empleados en la conservación y restauración. No podrán postular proyectos que impliquen restauración o conservación arquitectónica, ni ampliaciones o mejoras de inmuebles.

 

F. Regularización hasta $ 300.000.-

Proyectos que contemplen la regularización de entidades civiles, fundaciones, asociaciones, cooperativas, bibliotecas populares y otras organizaciones culturales que requieran poner al día la documentación necesaria para funcionar cumpliendo con todos los requisitos formales exigidos legalmente. Se contemplan honorarios de escribano, contador y pago de sellados, fotocopias, certificaciones, y otros trámites similares, incluyendo servicios postales o transportes necesarios, así como adecuaciones tendientes a la habilitación de un espacio.

Por otra parte la institución se podrá postular proyectos vinculados al posicionamiento comunicacional que contemplen la creación y posicionamiento de marca, diseño de isologo, página web, adquisición de patentes, desarrollo de contenidos para redes sociales, entre otros.

 

DESTINATARIOS

Personas Humanas: Individuos que de manera independiente gestionen proyectos o que conformen grupos asociativos informales, siempre que desarrollen su actividad en la provincia de Salta.

Personas Jurídicas: espacios culturales, comunidades originarias, organizaciones sociales, cooperativas, asociaciones, bibliotecas populares, fortines, fundaciones y otros colectivos formalizados ante la Subsecretaría de Inspección General de Personas Jurídicas y que se encuentren vinculados al quehacer cultural.

Municipios: referentes del área de Cultura de los Municipios de la Provincia de Salta para el desarrollo de un proyecto de interés municipal. En el caso de municipios que no cuenten con un referente del área, podrá postular el/la intendente/a.

 

REQUISITOS DEL/A PRESENTANTE

➢ Ser Persona Humana, Persona Jurídica o Municipios con sede en la Provincia de Salta.

➢ Tener más de 16 años de edad al momento de la fecha de inscripción.

➢ Desarrollar su actividad artística/cultural en la provincia de Salta con una antigüedad mayor a tres (3) años, demostrable a través del currículum.

➢ En el caso de los Municipios, el/la PRESENTANTE será el/la actual referente del Área de Cultura, con el aval del/a Intendente/a. Sólo en aquellos Municipios en los que no exista ese cargo, se permitirá la postulación del/a Intendente/a. Los mismos deberán comprometerse a realizar una inversión igual o mayor al monto solicitado para el mismo proyecto.

 

INHIBICIONES

No podrán participar de la presente convocatoria:

➢ Personas que trabajen en relación de dependencia en la Secretaría de Cultura, y/o Instituto de Música y Danza de la Provincia de Salta o ser agentes de la administración pública provincial.

➢ Personas que guarden vínculo de parentesco hasta el primer grado por naturaleza y/o afinidad con algún/a funcionario/a de la Secretaría de Cultura y del Instituto de Música y Danza.

➢ Beneficiarios/as del Fondo Ciudadano de Desarrollo Cultural 2024 en cualquiera de sus líneas.

➢ PRESENTANTES o miembros del Grupo Asociativo Informal que adeuden rendiciones, informes, productos terminados o contraprestaciones por algún beneficio anterior de EL FONDO, o cuya rendición y/o informe no haya sido aprobado hasta el 31 de marzo de 2024.

➢ Quienes no presenten el proyecto en los términos y condiciones planteados en el presente reglamento, incluyendo la documentación prevista como obligatoria y complementaria según la línea para la cual postula. Si la presentación de la misma fuese errónea, incompleta o nula, será causal de exclusión.

➢ Personas que registren deudas en el Registro de Deudores Alimentarios.

➢ Personas condenadas por crímenes de lesa humanidfead.

➢ Personas condenadas por femicidios, abuso o explotación sexual.

➢ Personas condenadas por fraude y/o delitos de corrupción dentro o fuera de la jurisdicción provincial.

➢ Personas humanas ni jurídicas que se encuentren inhibidas, concursadas o fallidas. Como así tampoco a personas jurídicas cuyos miembros titulares de sus respectivos órganos de administración, se encuentren inhibidos, concursados o fallidos.

 

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Formas de Contacto

Por consultas dirigirse a: Subsecretaría de Gestión Cultural, Buenos Aires 93 (Salta), Tel. (0387) 4318182, Mail:  promocioncultural@culturasalta.gov.ar, de lunes a viernes de 9 a 17hs.

 

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